Los abusos de los números de tarificación adicional ya son historia: el día 23 de diciembre, se publico en el BOE los cambios en la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios anunciados por el Ministerio de Consumo para acabar con ellos.
El final del abuso de los 902
Categorías:
Se ha publicado en el BOE, la modificación la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que como se había anunciado, tiene como objetivo acabar con el problema que supone, para los usuarios el coste abusivo de los números de atención al cliente de tarificación especial.
Dos medidas para acabar con los 902. La nueva normativa no afecta al coste de los números, sino a las posibilidades que tienen las empresas para recurrir a estos números de tarificación adicional. En concreto se proponen dos cambios para acabar con el abuso que supone el recurso a esta numeración por parte de las empresas.
Las empresas no podrán usar para sus servicios de atención al cliente numeraciones que impliquen para el consumidor y usuario un coste superior al de una llamada a una línea telefónica fija geográfica o móvil estándar. Sí podrán usar estas numeraciones de tarificación especial para otro tipo de servicios que no sean los de atención al cliente, pero se deberá facilitar al consumidor, junto a ese número y en igualdad de condiciones, información sobre un número geográfico o móvil alternativo.
Los servicios de atención al cliente de servicios básicos deben contar con un número gratuito (un teléfono 900). Pues bien: la nueva norma amplía el número de sectores básicos, en los que no es suficiente con tener una numeración con coste equivalente a una llamada un fijo geográfica o a un móvil, sino que deberán tener una numeración gratuita para sus servicios de atención al cliente. Se considerarán servicios básicos:
– Las empresas de suministro de agua, gas, electricidad.
– Los servicios financieros y de seguros.
– Los servicios postales.
– El transporte aéreo, ferroviario y por carretera.
– Los servicios de protección de la salud.
– Los de saneamiento y residuos.
Seguirá habiendo 901 y 902, pero se usarán mucho menos. En definitiva los números 901 y 902 seguirán manteniendo su coste, pero su uso será mucho mas limitado.
Además, utilizarlos siempre será voluntario para el consumidor, que tendrá en todo momento la alternativa de utilizar para ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente una numeración geográfica o un móvil con un coste mucho menor (o gratuito, si tiene contratada una tarifa plana).
Una norma que solo afecta a las empresas. No obstante las nuevas medidas sobre estos números de tarificación adicional, que entran hoy en vigor, solo afectan a las empresas, no a la Administración. De hecho, desde las administraciones públicas se sigue recurriendo al 901 y 902, y no siempre se facilita una numeración tradicional tal y como exige la actual normativa para las empresas.
Publicado en: